Constitución de condominio en CDMX y Estado de México

Qué es, quién la necesita y qué autoridades intervienen.

¿Qué es?

Es el acto con el que un inmueble se divide en unidades privativas y áreas comunes bajo el régimen de propiedad en condominio, para que cada unidad pueda tener su propio dueño.

En la Ciudad de México se formaliza ante notario y después se registra. En el Estado de México requiere además una autorización previa del Gobierno del Estado.

¿Quién lo necesita?

  • Desarrolladores que construyen o venden departamentos, casas o locales por unidad.
  • Propietarios que quieren dividir un inmueble en unidades con dueños distintos.
  • Quien ya tiene un inmueble construido en varias unidades y necesita regularizar su régimen.

¿Qué autoridad lo emite?

Ciudad de México

Antes de la escritura, la alcaldía otorga documentos como la cédula de publicitación y el registro de manifestación de construcción. Después, el régimen se registra ante la Procuraduría Social (PROSOC) y se inscribe en el Registro Público de la Propiedad.

Estado de México

El Gobierno del Estado, por medio de la Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura (Dirección General de Operación y Control Urbano). En proyectos de cierto tamaño se requiere además la evaluación de impacto estatal de la Comisión de Impacto Estatal.

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