Constitución de condominio en CDMX y Estado de México
Qué es, quién la necesita y qué autoridades intervienen.
¿Qué es?
Es el acto con el que un inmueble se divide en unidades privativas y áreas comunes bajo el régimen de propiedad en condominio, para que cada unidad pueda tener su propio dueño.
En la Ciudad de México se formaliza ante notario y después se registra. En el Estado de México requiere además una autorización previa del Gobierno del Estado.
¿Quién lo necesita?
- Desarrolladores que construyen o venden departamentos, casas o locales por unidad.
- Propietarios que quieren dividir un inmueble en unidades con dueños distintos.
- Quien ya tiene un inmueble construido en varias unidades y necesita regularizar su régimen.
¿Qué autoridad lo emite?
Ciudad de México
Antes de la escritura, la alcaldía otorga documentos como la cédula de publicitación y el registro de manifestación de construcción. Después, el régimen se registra ante la Procuraduría Social (PROSOC) y se inscribe en el Registro Público de la Propiedad.
Estado de México
El Gobierno del Estado, por medio de la Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura (Dirección General de Operación y Control Urbano). En proyectos de cierto tamaño se requiere además la evaluación de impacto estatal de la Comisión de Impacto Estatal.
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